Mediante Decreto Ejecutivo 876, suscrito el 15 de septiembre de 2023 por el Presidente de la República Guillermo Lasso, se emitió el Reglamento de aplicación a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.
A continuación un resumen de los puntos más importantes:
- Se indican las normas para la aplicación de la rebaja por cargas familiares en el impuesto a la renta de personas.
- Se establece un cambio en la fecha de declaración y pago de impuestos de los contribuyentes especiales. Deberán presentar y pagar sus declaraciones de impuestos hasta el día 11 de cada mes.
- Se modifica la forma de realizar la retención del Impuesto a la Renta a los trabajadores en relación de dependencia.
- Se modifica las condiciones para la reducción de la tarifa del Impuesto a la Renta del 8% y 10% para las sociedades que reinviertan sus utilidades en proyectos o programas deportivos, culturales, de investigación científica responsable o de desarrollo tecnológico.
- Se elimina el catastro referencial. Los contribuyentes RIMPE se deberán sujetar a lo que dispone su certificado RUC.
- Para las sociedades RIMPE cuyos ingresos no superen los $20 mil anuales, se establece que deberán pagar la fracción básica ($60 anuales) de la tabla progresiva para RIMPE-Emprendedores.
- Se fortalecen los procesos de control y obligaciones tributarias del sector minero.
- Se incluye una definición clara de las actividades de pronósticos deportivos, mismas que estarán sujetas al nuevo régimen impositivo único.