El 20 de junio de 2023, se publicó en el Registro Oficial el Decreto Ejecutivo de Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar, expedido por el Presidente de la República, que contiene una serie de cambios tributarios que resumimos a continuación:
Reformas relacionadas con el al impuesto a la renta:
A. Se incrementa el límite de gastos que las familias pueden deducir a la hora de hacer el cálculo de su impuesto a la renta. El monto de la rebaja será equivalente al 18% del valor que resulte menor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal; y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponda, según la siguiente tabla:
Número de cargas familiares | Número de canastas básicas |
1 | 9 |
2 | 11 |
3 | 14 |
4 | 17 |
5 | 20 |
R = 0,18 * L
R = rebaja
L = el valor que resulte menor entre gastos personales y (canasta básica * valor correspondiente al n° de cargas familiares)
B. Se modifica la tabla del impuesto a la renta. Se mantienen las tarifas del 5% al 37% de impuesto a la renta, pero ampliando los rangos de ingresos aplicables.
Fracción Básica | Exceso Hasta | Impuesto Fracción Básica | % impuesto fracción excedente |
– | 11.722,00 | – | 0% |
11.722,01 | 14.930,00 | – | 5% |
14.930,01 | 19.385,00 | 160,00 | 10% |
19.385,01 | 25.638,00 | 606,00 | 12% |
25.638,01 | 33.738,00 | 1.356,00 | 15% |
33.738,01 | 44.721,00 | 2.751,00 | 20% |
44.721,01 | 59.537,00 | 4.768,00 | 25% |
59.537,01 | 79.388,00 | 8.472,00 | 30% |
79.388,01 | 105.580,00 | 14.427,00 | 35% |
105.580,01 | En adelante | 23.594,00 | 37% |
Reformas al régimen impositivo de emprendedores y negocios populares RIMPE, efectivos a partir de enero de 2024:
Reformas al IVA sobre espectáculos públicos, efectivos a partir del 1 de julio de este año:
Reformas al impuesto a la renta para empresas de pronóstico deportivo, efectivos a partir de enero de 2024: