Mediante Decreto Ejecutivo 928, publicado el 24 de noviembre de 2023 en el Registro Oficial 2do. S. 444, se publicó el Reglamento General a la Ley Orgánica para impulsar la Economía Violeta. El Reglamento introduce procedimientos y mecanismos para dar cumplimiento a la Ley de Economía Violeta, con el objetivo de eliminar las brechas y discriminación que impiden la participación laboral, educativa, social y política de las mujeres.
A continuación compartimos los aspectos más importantes del Reglamento:
Las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores deberán obligatoriamente elaborar Plan de Igualdad, cuyo objetivo sera fomentar la igualdad de trato y eliminar la discriminación por razón de género. El cumplimiento del plan de igualdad tendrá varias etapas:
Se deberá recabar toda la información, datos y estadísticas sobre la situación actual de la empresa en materia de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo datos cualitativos y cuantitativos. El diagnóstico deberá incluír los siguientes temas:
A partir de las deficiencias identificados en el diagnóstico, las empresas deberán emitir un plan de igualdad institucional, mismo que deberá incluir lo siguiente:
Cada empleador deberá designar un encargado o comité especializado que se encargue de dar seguimiento al Plan de Igualdad. La persona o grupo encargado deberán registrarse en el Ministerio de Trabajo.
Los planes de igualdad tendrán una vigencia de 4 años, contados a partir de su registro en el Ministerio de Trabajo. Los planes de igualdad podrán ser actualizados en cualquier momento y dicha actualización será obligatoria:
El Reglamento establece una serie de medidas para combatir el acoso sexual laboral, entendido como cualquier acción, ocasional o repetida, que tenga como propósito perjudicar la integridad sexual de una persona.
El empleador deberá capacitar anualmente a todos sus empleados, sobre todo a cargos directivos, sobre la importancia de la prevención y acción inmediata en los casos de acoso sexual laboral.
El empleador deberá adecuar su reglamento interno de trabajo para incluir mecanismos de prevención de acoso sexual laboral, identicación oportuna de casos y planes de acción.
En caso de un empleado cometa actos de acoso de cualquier tipo, el empleador está facultado a terminar la relación laboral con el empleado previo a procedimiento de visto bueno. Para esto se debe considerar lo siguiente:
La Dirección de Vigilancia del acoso laboral, sexual, discriminación y violencia de género será la unidad de designada para la vigilancia y control del acoso sexual laboral, de acuerdo a sus atribuciones en la Ley de Economía Violeta.
El Sello Violeta es un reconocimiento que certifica la igualdad de trato y oportunidades en el trabajo dentro de una empresa, y funciona como incentivo para fortalecer la imágen corporativa. El Sello Violeta tendrá una duración de 1 año y podrá ser renovado anualmente.
Los requisitos para obtener la certificación son:
El Ministerio de Trabajo podrá realizar inspecciones con el propósito de verificar el cumplimiento de las responsabilidades relacionadas con la prevención, investigación y sanción del acoso, acoso sexual laboral, discriminación o violencia de género en los lugares de trabajo. En caso de incumplimiento, se impondrán sanciones que podrían llegar hasta 20 remuneraciones básicas unificadas.
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros verificará que los Directorios de todas las empresas bajo su supervisión cumplan con el número mínimo de integrantes de género femenino, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Compañías. El cumplimiento de esta medida tendrá como fecha límite el 31 de diciembre de 2024. En caso de incumplimiento, se impondrá la sanción respectiva.